El PSOE de Isla Cristina, a través de la moción que
se aprobó con los votos del equipo de gobierno y PIF y en la que el PP
se abstuvo, exige al Gobierno central la
“inmediata” retirada de la propuesta de “eliminación” de las Entidades Locales
Menores del Anteproyecto de Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la
Administración Local que elabora estos días, según se anunció tras un reciente
Consejo de Ministros.
De igual modo, se exige también a los/as parlamentarios/as y senadores/as
electos/as por Andalucía, “una defensa contundente e inequívoca de las
entidades locales autónomas”.
MOCIÓN QUE PRESENTA EL EQUIPO DE GOBIERNO PARA SU DEBATE Y APROBACIÓN, SI PROCEDE
EXPOSICIÓN
DE MOTIVOS
El Consejo de Ministros del pasado día 13 de julio aprobó, entre otros,
el informe del Anteproyecto de Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la
Administración Local, como modificación de la Ley de Bases de Régimen Local.
Dicho texto normativo, de aprobarse definitivamente tal y como pretende el
gobierno de la nación, supondrá "la disolución de las 3.725
entidades locales menores existentes, entre las que están las pedanías o las
parroquias, que pasan a ser absorbidas por los Ayuntamientos de los que
dependan", como dice textualmente la referencia publicada del Consejo de
Ministros con respecto a dicho informe.
La Ley Municipal de 20 de agosto de 1870 regulaba en su
artículo 85 y siguientes un sistema peculiar de organización y administración
de los pueblos agregados a un término municipal, que podrán disponer de una
junta de hasta cinco miembros para su administración particular. El nacimiento
de esta demarcación local surge de la necesidad de dar una dimensión mínima al
municipio y de salvaguardar los derechos de ciertos núcleos de población que
poseían un territorio determinado y unos bienes que querían mantenerse como
privativos de esa comunidad. Este es el origen de las actuales entidades de
ámbito territorial inferior al municipio que también se recogen en el Estatuto
Municipal del año 1924 donde reciben la denominación de entidades locales
menores.
Entidad local menor es la denominación que reciben en algunas comunidades
autónomas de España (Aragón, Castilla y León, Extremadura, Galicia y Comunidad
Valenciana) lo que la legislación española define como entidad de ámbito
territorial inferior al municipio, y que en otras comunidades españolas se
conoce con el nombre de parroquia rural (Asturias), entidad municipal
descentralizada (Cataluña) o entidad local autónoma en nuestra comunidad
autónoma.
Las entidades de ámbito territorial inferior al municipio se orientan a
la aplicación de principios que han de guiar la actuación de la Administración
Pública, de acuerdo con lo que establece el artículo 103 de la Constitución
Española (CE). Principalmente, a los principios de eficacia y de
descentralización administrativa. A la vez, estas entidades sirven para acercar
la gestión municipal a las necesidades reales de sus ciudadanas y ciudadanos.
La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local en su articulo 3.2 establece que las entidades de ámbito territorial
inferior al municipal “Gozan, asimismo, de la condición de entidades locales:
... instituidas o reconocidas por las Comunidades Autónomas, conforme al artículo
45 de esta Ley”.
El artículo 45.1 señala que “las Leyes de las Comunidades
Autónomas sobre régimen local regularán las entidades de ámbito territorial
inferior al Municipio, para la administración descentralizada de núcleos de
población separados, bajo su denominación tradicional de caseríos, parroquias,
aldeas, barrios, anteiglesias, concejos, pedanías, lugares anejos y otros
análogos, o aquella que establezcan las Leyes”.
La entidad de ámbito territorial inferior al municipio tiene personalidad
jurídica como titular de unos bienes y para la administración descentralizada
de unos servicios e intereses particulares y diferenciados de un núcleo de
población que se encuentra separado del núcleo principal del municipio del cual
forma parte.
En Andalucía, las entidades locales menores se regularon en 1997, por la
Ley Reguladora de la Demarcación Municipal de Andalucía, como entidad local
autónoma (ELA). Las ELAs tienen como principales objetivos descentralizar y
mejorar la gestión y los servicios que se prestan en aldeas y pedanías alejadas
de las poblaciones que ostentan capitalidad municipal.
A partir de la aprobación de la Ley de Autonomía Local de Andalucía
(LAULA), en junio de 2010, y de acuerdo con sus principios de profundización en
la independencia municipal, son los ayuntamientos matrices quienes tienen la
responsabilidad de autorizar y extinguir este tipo de entidades dentro de sus
territorios.
En Andalucía, son 48 los núcleos urbanos reconocidos como entidades
locales autónomas en la actualidad.
La justificación que ofrece el Gobierno de la Nación para suprimir las
entidades locales menores no deja de constituir un argumento zafio y no cumple
con el objetivo de reducción del déficit público que pretende. La eliminación
de esta administración no elimina ni un solo céntimo de euro en negativo de las
cuentas públicas, puesto que los recursos económicos de estas entidades se
reciben del municipio matriz, en base a la participación de ingresos del
Estado, por lo que no suponen carga presupuestaria para el Gobierno
Central.
La supresión de las entidades locales menores
originaría una merma en la democracia en estas poblaciones, un paso atrás en la
prestación de servicios básicos públicos a las ciudadanas y ciudadanos, y de
capacidad para participar y decidir sobre las cuestiones de su territorio.
Las vecinas y vecinos tendrían que volver a desplazarse al
municipio matriz para realizar determinadas gestiones y no podrán tener su
propio gobierno local.
El atrevimiento de este Gobierno echa por tierra cientos de años de lucha
de nuestros pueblos en defensa de sus intereses y su patrimonio a golpe de
decreto y merece una respuesta contundente por parte de todos los
sectores que conforman la sociedad española. Empezando por las propias entidades
locales menores y los ayuntamientos, y acabando por el parlamento nacional,
instancia última que finalmente aprobará, o no, la supresión. La intervención
de las diputadas y diputados nacionales y senadoras y senadores electos por
Andalucía debe ser contundente e inequívoca a favor de esta seña de identidad.
Estas entidades locales garantizan la seña de identidad y la depositaria
del patrimonio de las vecinas y vecinos de su población. Pretender la supresión
de estas instituciones señeras supone, antes que nada, desconocer una realidad,
fundamentalmente arraigada en nuestro país.
En lugar de barajar la disolución de esta figura administrativa, el
futuro debe pasar por articular una ley sensata y realista para la adecuada
reforma y financiación de las entidades locales, que tenga muy en cuenta la
figura de los pequeños municipios y las entidades menores, con objeto de
hacerlos autosuficientes y mejorar la gestión de sus recursos y de aquellos
otros que deban prestarle desde las diputaciones, respetando la autonomía local
en todo momento.
Por todo lo anteriormente expuesto,
el Grupo Socialista propone para su aprobación los siguientes
ACUERDOS
PRIMERO.- Expresar el más enérgico rechazo de esta Corporación a la
propuesta del Gobierno de la Nación, de suprimir las entidades locales menores,
incluida en el Anteproyecto de Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la
Administración Local, con motivo de la modificación de la Ley de Bases de
Régimen Local.
SEGUNDO.- Exigir al Gobierno de la Nación que retire de inmediato la
propuesta de eliminación de las Entidades Locales Menores del Anteproyecto de
Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
TERCERO.- Reclamar de todos los grupos parlamentarios, tanto del Congreso
como del Senado, a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y a
la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP), la defensa de las
entidades locales menores en la tramitación parlamentaria del Anteproyecto de
Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
CUARTO.- Exigir a los/as parlamentarios/as y senadores/as electos/as por
Andalucía, una defensa contundente e inequívoca de las entidades locales
autónomas (ELAs).
QUINTO.- Instar al Gobierno de la Nación a que articule un consenso
político para elaborar una ley sensata y realista para la adecuada reforma y
financiación de la administración local, que tenga muy en cuenta la
figura de los pequeños municipios y las entidades menores, con objeto de
hacerlos autosuficientes y mejorar la gestión de sus recursos y de aquellos
otros que deban prestarle desde las diputaciones, respetando la autonomía local
en todo momento.
SEXTO.- Dar traslado de este acuerdo al Gobierno de la Nación, Gobierno
de Andalucía, a los grupos parlamentarios del Congreso y del Senado, al
Parlamento de Andalucía, a la FEMP, a la FAMP y a todas las parlamentarias y
parlamentarios nacionales electos por Andalucía.
En
Isla Cristina, a 26 de julio de 2012
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